Subvenciones: Sistema de reconocimiento como ingresos

Dos son los principios a contemplar en la contabilización de las subvenciones. En primer lugar el principio de prudencia: se han de registrar cuando se hayan cumplido las condiciones establecidas para su concesión y no existan dudas razonables sobre la recepción de las mismas.

Una vez registrada la subvención, hay que determinar la forma en que se reconocerá como ingreso. En este punto ha de aplicarse lo establecido en el PGC «Las subvenciones, donaciones y legados no reintegrables se contabilizarán inicialmente, con carácter general, como ingresos directamente imputados al patrimonio neto y se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias como ingresos sobre una base sistemática y racional de forma correlacionada con los gastos derivados de la subvención«.

Si desea ver nuestro punto de vista completo, por favor pulse el archivo adjunto:

Revista-Ucaman-90-ImputacionIngresosSubvenciones

 

 

 

 

Deja una respuesta

Este sitio web únicamente utiliza cookies propias con finalidad técnica, no recaba ni cede datos de carácter personal de los usuarios sin su conocimiento. Ver nuestra política de cookies.

ACEPTAR
Aviso de cookies